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Aerial Marina Shot

Embarcaciones Comerciales y Placer. 

EMBARCACIONES COMERCIALES

Está destinado a cualquier embarcación de transporte ya sea a motor o a vela, y cuya finalidad es el transporte de mercancias. Mediante este seguro se da cobertura a las indemnizaciones a las que haya que hacer frente por los daños que la embarcación pueda causar a terceras personas (seguro obligatorio) y opcionalmente a los daños producidos en la propia embarcación. El seguro obligatorio cubre la Responsabilidad Civil en que pueden incurrir tanto el naviero y el propietario, como aquellos otros que, debidamente autorizados, patroneen la embarcación.

Las embarcaciones que están obligadas a contratar este seguro son: todas las propulsadas a motor, del resto sólo las que tengan más de 6 m. de eslora y también, embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas mexicanas.

COBERTURAS

  • Muerte y lesiones corporales El seguro obligatorio cubre la muerte y lesiones corporales ocasionadas a terceras personas.

  • Daños materiales a terceros Este seguro cubre los daños materiales a terceros ocasionados por la embarcación.

  • Pérdidas económicas sufridas por terceros que sean consecuencia de los daños relacionados con los puntos anteriores.

  • Daños a buques Cobertura de daños a buques por colisión o sin contacto.

  • Pago de costas judiciales y extrajudiciales relativas a la defensa del asegurado y gestión del siniestro

EMBARCACIONES DE PLACER

Está destinado a cualquier embarcación de recreo ya sea a motor o a vela, y cuya finalidad es el disfrute y/o recreo de sus propietarios y usuarios. Mediante este seguro se da cobertura a las indemnizaciones a las que haya que hacer frente por los daños que la embarcación pueda causar a terceras personas (seguro obligatorio) y opcionalmente a los daños producidos en la propia embarcación. El seguro obligatorio cubre la Responsabilidad Civil en que pueden incurrir tanto el naviero y el propietario, como aquellos otros que, debidamente autorizados, patroneen la embarcación.

Las embarcaciones que están obligadas a contratar este seguro son: todas las propulsadas a motor, del resto sólo las que tengan más de 6 m. de eslora y también, embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas mexicanas.

COBERTURAS

  • Muerte y lesiones corporales El seguro obligatorio cubre la muerte y lesiones corporales ocasionadas a terceras personas.

  • Daños materiales a terceros Este seguro cubre los daños materiales a terceros ocasionados por la embarcación.

  • Pérdidas económicas sufridas por terceros que sean consecuencia de los daños relacionados con los puntos anteriores.

  • Daños a embarcación. Cobertura de daños a embarcaciones por colisión o sin contacto.

  • Pago de costas judiciales y extrajudiciales relativas a la defensa del asegurado y gestión del siniestro

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